El 29 de diciembre de 2020 Monseñor Juan José Asenjo Pelegrina, Arzobispo de Sevilla, firmó el Decreto por el que quedaban suspendidos todos los actos de culto externo durante la Cuaresma y Semana Santa de 2021. El documento antes citado contenía igualmente las pautas a seguir para la celebración de los Cabildos Generales de Hermanos, estableciendo como requisito para su celebración y validez la autorización expresa del Delegado Episcopal para los Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías, que debería solicitarse con al menos treinta días de antelación.

El día siguiente a la publicación del Decreto, la Junta de Gobierno, reunida en Cabildo de Oficiales Ordinario, decidió de forma unánime celebrar el Cabildo General de Cultos, Obras Asistenciales, Cuentas y Salida de la Cofradía con fecha el 12 de febrero de 2.021, y solicitar al Delegado Episcopal la preceptiva autorización.

Posteriormente, se recibió en la Secretaría de la Hermandad una circular de la Delegación Episcopal para los Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías fechada el 12 de enero (Nº Prot. 73/21) en la que se recomienda a aquellas Hermandades y Cofradías que en estos próximos días tienen prevista la celebración de Cabildos Generales, que soliciten la correspondiente dispensa para posponer su celebración, a la espera de una mejora de la situación sanitaria”.

El 22 de enero se recibió la carta del Delegado Episcopal en la que se nos autorizaba a celebrar el Cabildo General de Hermanos el día 12 de febrero, “quedando ello condicionado a que puedan cumplirse todas las medidas establecidas por las Autoridades Civiles para contener la propagación de las infecciones causadas por el SARS-COV-2, y a que todos los hermanos a los que corresponda puedan ejercer el derecho de voz y voto”.

Posteriormente, la Junta de Gobierno, reunida el 25 de enero en Cabildo de Oficiales Ordinario, valoró la conveniencia de celebrar dicho Cabildo General en función de las circunstancias por las que estábamos atravesando y del incremento constante de contagios, que hacían prever que las medidas de confinamiento perimetral y limitación de aforo dictadas por las autoridades civiles harían inviable su celebración. Por este motivo, se acordó por unanimidad solicitar al Delegado Episcopal la correspondiente dispensa y posponer la celebración del Cabildo a la espera de que mejorase la situación.

Finalmente, con fecha de 28 de enero, el Delegado Episcopal concedió dispensa de lo establecido en las Reglas de la Hermandad en lo concerniente a la fecha de celebración del Cabildo General “debiéndose celebrar en cuanto lo permitan las circunstancias, y siempre teniendo en cuenta todas las disposiciones dadas por las Autoridades Sanitarias”.

 Por todo lo cual, en cumplimiento de los dictámenes del Delegado Episcopal para los Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías, la celebración del Cabildo General de Cultos, Obras Asistenciales, Cuentas y Salida de la Cofradía queda aplazada sine die a la espera que la situación causada por el SARS-COV-2 mejore lo suficientemente y se pueda garantizar de manera efectiva el cumplimiento de los requisitos establecidos por las Autoridades Civiles.